Desencadenado

Cómo crear tu empresa: información para emprendedores, real como la vida misma.

    Desencadenado en los medios: 

¿Vas a quedarte embarazado?

La Comunidad de Madrid ha lanzado una campaña publicitaria para fomentar la igualdad laboral entre hombres y mujeres que no puedo dejar de comentar. El spot se basa en una entrevista de trabajo en la que el entrevistador, tras repasar los méritos del candidato (varón), le pregunta: ¿No trendrá previsto quedarse embarazado?

Una voz en off dice que si eso nos parece absurdo para un hombre, también debería serlo para una mujer.

Pero no es igual de absurdo plantear esa pregunta según el sexo del candidato: hasta la fecha ningún hombre se ha quedado embarazado. Son las mujeres las que lo hacen y las que habitualmente amamantan al bebé.

El caso es que para favorecer la conciliación de la vida familiar, o la incorporación de la mujer al trabajo, o lo que sea, se han creado una serie de normas que permiten a la mujer dejar el trabajo cuatro meses pero conservando el puesto para su reincorporación. Y después, hasta que los hijos alcanzan cierta edad, pueden decidir una reducción de jornada (con su proporcional merma de sueldo).

En teoría, también los hombres pueden coger la baja maternal y la reducción de jornada, pero el porcentaje de los que lo hacen es despreciable. Siempre lo será, porque por mucho que nos empeñemos, no somos tan distintos de los cazadores-recolectores que fuimos durante milenios.

El caso es que cuando tiene que contratar a un candidato, un empresario debe plantearse, entre los factores a considerar, la probabilidad de que el individuo (o la individua) deje su puesto durante unos meses, tenga que pagar a un sustituto (con los costes añadidos de buscarlo, seleccionarlo, formarlo), seguir pagando la seguridad social (un tercio del sueldo bruto) esos meses y que después tal vez decida trabajar solo 5 o 6 horas, con el perjuicio que le puede suponer a la empresa si no es capaz de cubrir las 2 o 3 horas restantes.

Ya sé que las mujeres tienen derecho, que eso dicen las normas, que no se puede ser un troglodita, que estamos en el siglo XXI… pero yo os propongo que hagáis el siguiente ejercicio. Supongamos que vais a comprar un coche y dudáis entre los modelos A y B, que tienen características y precios muy similares. Ahora resulta que el vendendor os dice que en un momento dado, cuando a él le venga bien, os puede quitar el modelo B durante unos meses. Os tranquiliza explicando que esos meses os hace un descuento del 75% en las cuotas del préstamo del coche, pero a continuación advierte de que existe la posibilidad de que necesite el coche un par de horas al día, con lo que esas horas no podréis contar con él. Pero que si se da el caso, también os hará un descuento del 25% del préstamo en los meses en los que suceda.

Ahora, ¿cuál de los dos coches compraríais, el A o el B?

En una gran empresa con mucho personal, o en una en la que los costes principales no sean salarios, el impacto de una baja maternal o una reducción de jornada puede no ser tan importante, pero en una pequeña empresa de servicios con cuatro empleados puede suponer una crisis grave.

Por tanto, es perfectamente lógico que un empresario tenga en cuenta, entre otros factores, si una candidata puede quedarse embarazada. Es probable que no lo exprese en la entrevista de forma tan descarada como en el anuncio, pero lo tendrá en cuenta. Y hará una de estas dos cosas: elegir a un candidato peor, pero con menos probabilidades de quedarse embarazado, o pagar menos sueldo para compensar el coste añadido del embarazo.

De modo que las leyes que garantizan el derecho a la baja maternal o a la reducción de jornada, inevitablemente, están perjudicando la capacidad para ser contratadas (o para tener igualdad en el sueldo) de las mujeres jóvenes.

Y el problema es irresoluble: no se puede obligar por ley a elegir a un candidato determinado, o a pagar un sueldo determinado. Por muchas campañas que se hagan, si el motivo para contratar menos mujeres o hacerlo con peores sueldos no es el “machismo” de los empresarios sino una decisión económicamente racional, esto no va a cambiar. No funcionarán las “cuotas femeninas”, porque si se impusieran se utilizaría el sueldo como mecanismo para equilibrar los costes relativos de hombres y mujeres. Y tampoco sirve el “palo”, la multa por discriminación, porque a no ser que el empresario sea muy torpe nunca quedará explícito que se ha producido una discriminación por motivo de sexo cuando en un proceso de selección se elige a un hombre y no a una mujer.

Ya sé que no es políticamente correcto decir todo esto, pero es lo que hay.

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Empleados

El obrero

La idea de pagar una cantidad de dinero fija periódicamente a cambio de que una persona dedique un número de horas fijas a trabajar para nosotros es algo extraño, aunque nos hayamos acostumbrado a ello.

¿A alguien se le ocurre que sería bueno pagar una cantidad fija al mes a la cafetería donde nos tomamos el café de la mañana? Si nos lo propusieran, probablemente lo rechazaríamos: nos obliga a no poder cambiar de cafetería si nos apetece, a tomar siempre lo mismo aunque un día nos apetezca un bollo con el café, a perder dinero si no tomamos café todos los días… Sin embargo, exactamente eso hacen las empresas cuando contratan trabajadores para que les dediquen 40 horas a la semana.

¿Por qué funciona? Pues porque en entornos de trabajo sistematizado, en los que tratas con un número elevado de personas, puedes promediar las incidencias y saber de antemano la productividad del empleado medio. Tener los recursos controlados, saber que cuentas con el personal necesario y reducir las gestiones de contratación y pago compensa las ineficacias debidas al absentismo o a las variaciones en la necesidad de personal.

El problema es que tu recién creada microempresa no tiene cientos de empleados. Si contratas a cinco o seis, cada uno de ellos es crítico, y una incidencia seria con cualquiera puede suponer un disgusto. Además, es muy difícil calibrar si realmente necesitas a cada uno de ellos ocho horas al día. Es posible que si un empleado es productivo cuatro o cinco horas diarias reales te salga más barato contratarle que subcontratar a una empresa o un freelance, aun teniendo en cuenta pagas extra, vacaciones, bajas, costes sociales, etc., pero tienes que sostener ese ritmo durante varios meses.

Por eso recomendé antes evitar tener empleados fijos. Después del dinero, son la mayor fuente de problemas.

Pero si a pesar de todo necestas contratar empleados para tu empresa, ten en cuenta lo siguiente:

Busca un excelente asesoramiento

Y subrayo lo de excelente. Gente capaz de calcular una nómina y enviar los datos a la Seguridad Social hay mucha. Profesionales que te asesoren sobre las opciones que tienes para contratar, que te redactar un contrato sólido y que te eviten consecuencias desagradables si hay problemas con un empleado, ya son más difíciles de encontrar.

No des un solo paso sin asegurarte de que tienes detrás una asesoría laboral absolutamente fiable.

No contrates empleados fijos

Un empleado fijo es una espada de Damocles que pende sobre tu empresa. En el momento en que decida no trabajar, te verás obligado a pagarle una indemnización millonaria para librarte de él. E incluso si no hay mala voluntad, pero tiene la desgracia de contraer una enfermedad larga, tendrás que seguir pagando meses y meses sin obtener nada a cambio.

La ley en España no está pensada para las empresas pequeñas. Lo que puede ser perfectamente asumible para una gran empresa con miles de trabajadores, puede hundir a una PYME con cuatro empleados. Aun así, existen alternativas: hay contratos por obra, periodos de prueba, contratos de prácticas… consulta a tu asesor y no te comprometas más de lo estrictamente necesario.

Calcula y ahorra los costes de despido

Si a pesar de todo contratas a un trabajador fijo, lo mejor que puedes hacer es calcular el coste del despido e ingresarlo cada mes en una cuenta de ahorro. Si no puedes permitirte ese “gasto”, entonces no puedes permitirte contratar a ese trabajador. Si has ahorrado ese dinero y llega la crisis, al menos tendrás asegurado que puedes pagar la indemnización. Y si se va voluntariamente, tienes de repente unos ingresos extra (su indemnización ahorrada) que seguro que vienen bien.

No gastes dinero en formación

Hay alternativas gratuitas, y la Seguridad Social te permite dedicar una parte del dinero que te quita a formación. Fuera de esto, todo lo demás es tirar el dinero.

La formación para tu empresa es un gasto, no una inversión. Contablemente es así, pero es que en la realidad también: el conocimiento es de quien ha hecho el curso, no de la empresa. Esa persona a la que le certificas en una tecnología puntera te pedirá un aumento de sueldo en unos meses, o se irá a la competencia gracias entre otras cosas al certificado que tú le has pagado.

Otra cosa es que negocies con algún empleado que parte de su retribución sea en formación. Este tipo de acuerdos puede ser ventajoso para las dos partes: para tí es un gasto que aunque no compense IVA, al menos no se incrementa en un tercio con los costes de seguridad social, como el sueldo; y para el empleado es una manera de conseguir una formación que le resulta interesante sin reducir sus ingresos.

No Pagues de más

Procura pagar lo menos posible. Alguno comentará lo de los cacahuetes y eso, pero lo cierto es que pagar más no garantiza tener mejores profesionales, ni que sean más fieles. Además, hay que tener en cuenta que cada euro que comprometes en un sueldo fijo son treinta y tantos céntimos más que van directamente a la Seguridad Social. Y cada cien euros de más que pagas en un año a un empleado son doce euros más que tendrás que pagar cuando le despidas. Por si no ha quedado claro: por cada 100 euros de más que pagas en un sueldo al año, estás pagando otros 50.

Si después de un tiempo algún empleado te pide un aumento, ya podrás decidir si su productividad lo justifica. A la hora de contratar, y si otras variables son similares, opta por el candidato que pida menos sueldo.

No contrates gente mejor de la que necesitas

¿Cómo no contratar a los mejores? ¿No debe una empresa buscar la excelencia?

Pues no. Una empresa no debe buscar la excelencia. Una empresa debe buscar el beneficio. La excelencia es un medio, no es el fin. Así que eso de “contratar a los mejores”, solo cuando “los mejores” sean los que pueden hacer ganar más dinero a tu empresa.

Un ingeniero del MIT con 150 de CI puede ser un candidato idóneo para Google, pero no ser el empleado más adecuado para el servicio técnico de una tienda de PCs clónicos.

¿No te has preguntado por qué en las cadenas de restaurantes han cambiado de camareros cada vez que vas? Para ser competitivos, necesitan unos procesos en los que cualquier persona con un mínimo de facultades pueda integrarse y ser rentable. ¿Que la rotación del personal es altísima? Pues de acuerdo, pero si te diriges a clientes que prefieren un sitio más barato con camareros menos “profesionales”, no tiene sentido que contrates a camareros capaces de servir correctamente un arroz con bogavantes.

Precipitarte

¿Seguro que necesitas contratar ya a esa persona? ¿No puedes aguantar ni un mes más, ni una semana sin él?

A veces lo que parece un crecimiento en la actividad es solo un pico temporal. Convertir una necesidad puntual en un coste de estructura permanente puede costarte muy caro. Trabaja más, alarga tus plazos de entrega, apóyate en otras empresas… lo que sea, pero asegúrate de que cuando contratas a alguien es porque va a hacerte ganar dinero el mes siguiente, y el siguiente, y el siguiente…

Contrata lento, despide rápido

Si con algún empleado la situación llega a deteriorarse tanto como para pensar en el despido, hazlo cuanto antes. Rara vez ese tipo de situación se endereza. Cada mes que pasa aumenta la indemnización, pagas por algo que no recibes, puede crear mal ambiente entre sus compañeros… Aunque pases un mal rato anunciando un despido, hazlo cuanto antes y pasa a otra cosa.

Y al revés, piensa bien con cada uno de los empleados si realmente es una persona que va a aportar a tu empresa. No te precipites contratando al primero que esté dispuesto a trabajar, ni siquiera al mejor de cuatro o cinco que se han interesado por tu oferta de empleo. Antes de comprometerte a contratar a alguien asegúrate que entiende lo que se espera de él, que encajará en la empresa y que será productivo como para compensar el dinero que te va a costar.

Creative Commons License photo credit: Libertinus

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La unión hace la fuerza para vender a la administración

Como dijimos en el post anterior de esta serie, para una PYME es muy difícil acceder directamente a contratos de las administraciones públicas de más de 18.000 euros. Sin embargo, se puede, si vas en compañía de otra empresa más grande, que aporte su solvencia (o su apariencia de solvencia, que en estos casos es lo que cuenta).

Esto se puede hacer de dos maneras: creando una Unión Temporal de Empresas (UTE) o participando como empresa subcontratada de la empresa que gana el concurso.

La Unión Temporal de Empresas

La UTE tiene muy pocos requerimientos formales. Ni siquiera tiene que estar constituida cuando se presenta al concurso: basta con una declaración de intenciones firmada por personas responsables de ambas empresas, en la que se especifique el porcentaje de contribución de cada una de las empresas al proyecto.

En los concursos de servicios, se requiere que las empresas estén certificadas en una determinada categoría (servicios informáticos, de publicidad, de limpieza, de mantenimiento…). A veces un concurso requiere que el adjudicatario esté certificado en varias categorías, y una UTE entre empresas certificadas en distintas categorías también puede usarse para resolver esto.

Si se gana, se constituye la UTE, que tiene vida mientras dure el proyecto. No es algo costoso, y permite que ambas empresas tengan visibilidad como contratistas principales, lo que es importante de cara a ir mejorando las posibilidades de estar en un futuro “clasificado” como contratista para participar directamente en concursos.

El problema es que las dos empresas son responsables solidarias del buen fin del proyecto. Eso supone que si una no cumple su parte, la otra asume todo. Y si la empresa informal ya ha cobrado por algo que no ha hecho, o que hay que rectificar, y no está dispuesta a corregir el error, debe hacerlo la otra empresa, aunque sea sin cobrar y aunque su parte del proyecto haya sido impecable.

Por tanto, mirad bien con quién decidís ir en UTE.

Empresas subcontratadas

La otra alternativa es ir subcontratado. En principio, tiene el problema de que de cara al cliente tu empresa “no existe”, porque el contrato (y las relaciones que implica) lo ha firmado con la empresa adjudicataria. En la práctica, al funcionario técnico responsable del proyecto las formalidades suelen importarle tan poco como a ti, son una imposición de la organización, y lo que quiere es tratar con quien esté de verdad llevando el proyecto.

Ir subcontratado tiene una ventaja añadida: cobrar de la administración lleva tiempo, incluso con las administraciones más ágiles pueden pasar cuatro o cinco meses desde que realizas el trabajo hasta que ves el dinero en el banco. Y es frecuente que se pague al final de un proyecto de tres o cuatro meses, lo que quiere decir que puedes estar asumiendo unos costes a cuenta de unos ingresos que llegarán dos o tres trimestres después. Si eso supone un problema de tesorería, puedes negociar con la empresa adjudicataria que asuma ella los costes financieros (que para eso es grande y seguro que puede hacerlo mejor que tu empresita) y te pague cada mes, aunque sea a costa de que su margen aumente.

Si estás en un proyecto largo como subcontratado, ten en cuenta que te volverán a pedir cada año el certificado de subcontratista, que garantiza que sigues sin deber nada a Hacienda. Y tampoco puedes tener deudas con la seguridad social, claro. Si no estás al día con tus impuestos, la empresa que te subcontrata no tiene obligación de pagarte a ti, lo que puede generarte un problema grave. Si quieres trabajar para el Estado, tienes que estar a bien con él.

En teoría, hay un límite del 50% para la subcontratación, pero yo he visto casos en los que la empresa subcontratada realizaba el 100% del trabajo, y la adjudicataria se limitaba a cobrar un margen comercial. Haciendo esto corres el riesgo, claro, de que alguna empresa que se presentara al concurso y lo perdiera os denuncie.

Como ves, hay maneras de conseguir trabajar para la Administración incluso si tu empresa es pequeñita y su solvencia es difícil de demostrar. Como sucede en otras ocasiones, todo se hace más fácil si tienes contactos en tu sector y puedes convencer a una empresa “grande” para que cuente con tu empresa, como asociada o como subcontratada.

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Alternativas para ganar contratos con la administración pública

Un funcionario, por mucho presupuesto que maneje, no puede contratar lo que quiera ni a quien quiera. Está sujeto por la Ley de Contratos del Estado, que si tiens mucho tiempo libre puedes consultar aquí.

La administración española tiene una forma de contratar “por defecto”, que es el concurso público. Con la nueva ley se abren posibilidades alternativas, pero pasarán años antes de que los funcionarios las manejen con soltura.

El concurso público puede parecer atractivo precisamente porque es “público”, es decir, uno consulta el BOE y se lo encuentra allí publicado. Pero concursar es caro, debes dedicar mucho tiempo, y si no has trabajado previamente al cliente la probabilidad de ganarlo es muy, muy pequeña. No es cero, yo he adjudicado algunos a empresas que para mí eran desconocidas hasta ese momento, pero lo normal es que haya alguno o algunos que ya estén “colocados” de cara a ganar el concurso.

Y de todas formas, aunque se han relajado los requisitos de clasificación para poder concurrir a licitaciones públicas, la mejor opción para una PYME sigue siendo el contrato menor. Y con los nuevos límites, es aún más atractivo.

¿Qué es el contrato menor?

Como su propio nombre indica, es un contrato “pequeño”. Para la administración española, eso significa que el importe total es menor de 18.000 euros (más IVA). Al ser menor, los requisitos de fiscalización, publicidad, tramitación, etc. son menores.

Por parte de la empresa, puede darse el caso de que baste con una factura. Lo habitual es que se requiera una oferta (sin requisitos formales especiales) y la factura. Pueden exigirte además figurar en un registro de contratistas (supone rellenar un formulario con los datos de la empresa), o que justifiques que la empresa no tiene deudas con Hacienda o la Seguridad Social.

Aunque según la ley basta con un solo ofertante, lo habitual es que la administración pública solicite al menos tres ofertas. Esto en teoría favorece la competencia y evita que, incluso a estos niveles, haya precios abusivos. Pero es práctica común la pillería de usar empresas “amigas” que presentan ofertas perdedoras para garantizar que el contrato se lo lleva quien ya se ha decidido.

Es importante tener en cuenta que para un órgano de la administración, tres contratos de 6.000 euros suponen el mismo trabajo que un contrato de 18.000 euros. Y para muchos organismos, uno de sus problemas es gastar todo el dinero que tiene asignado. Conclusión: diseñas tus ofertas de manera que se acerquen lo más posible a 18.000 euros. Salvo que el cliente te diga que tiene problemas presupuestarios, tienes más posibilidades de vender que si haces ofertas de 10.000 euros.

Otro tema importante: no está permitido el “fraccionamiento del gasto”. Esto es, hacer varios contratos menores para evitar hacer un concurso público por el total. Eso significa que tienes un límite de 18.000 euros para contratar con un órgano administrativo concreto. Hay interventores que son más relajados, y pueden admitir dos o tres contratos si corresponden a servicios muy diferentes, pero no es normal. Claro que aquí también existe la trampa de utilizar a terceras empresas para que figuren como contratistas. Si en lugar de una empresa tienes tres o cuatro, puedes hacer tres o cuatro contratos menores.

Ojo: hacer este tipo de trampas depende de la rectitud del funcionario contratante. No se te ocurra proponérselas, porque puede no gustarle nada y encontrarte sin posibilidad de volver a contratar con él.

¿Y si lo que yo ofrezco vale más de 18.000 euros?

En ese caso, debes intentar que la administración convoque un concurso. Hay una excepción, que es el procedimiento negociado sin publicidad, pero habitualmente hay que justificarlo demostrando que solo los proveedores a los que se pide oferta pueden realizar el servicio. Por ejemplo, porque se trata de un mantenimiento y solo hay X proveedores certificados por el fabricante.

El problema del concurso es que nadie sabe qué resultado va a dar. Aunque tú hayas colaborado con un funcionario para diseñar un pliego de condiciones que se ajuste a tu oferta como un guante de lycra, siempre puede ocurrir algo que invalide tu oferta, o que haga ganar a un tercero. Yo he visto a una gran empresa, con mucha experiencia en concursos, quedarse fuera por equivocarse y meter la documentación administrativa en el sobre técnico y viceversa. Y no, esto no es un error subsanable.

Si tienes los requisitos de solvencia que requiere la cuantía del concurso, y toda la documentación de la empresa lista (escrituras, certificados…), puedes presentarte solo. Pero si tu empresa no cumple los requisitos de solvencia, lo mejor es presentarse con un “hermano mayor”. Es decir, con otra empresa que “dé la cara” y aporte su solvencia.

Para hacer esto se puede constituir una Unión Temporal de Empresas (no hace faltar formalizarla hasta la adjudicación), en la que las dos (o más) empresas que constituyen la UTE se reparten el total del contrato. La UTE tiene un problema: las dos empresas son responsables solidarias del contrato, por lo que si una desaparece o tiene un problema la otra debe asumir por completo las consecuencias. No vayas en UTE con nadie con quien no tengas confianza absoluta.

La otra alternativa es que una empresa grande subcontrate a la tuya. Si esta empresa tiene experiencia en presentarse a concursos, te evita la incertidumbre de que un papel mal hecho o una propuesta mal presentada te deje fuera. Un dato a tener en cuenta es que quien subcontrata tiene la obligación de exigir al subcontratado un certificado de encontrarse al corriente de pago con Hacienda y la S. Social, al menos una vez al año.

El Catálogo de Patrimonio

Hay una vía que evita el concurso y permite la adjudicación directa, y es el Catálogo de Patrimonio. Básicamente, se trata de un listado de bienes (y algunos servicios) que han pasado un proceso de selección previa y por tanto pueden comprarse con muy pocos requisitos formales.

La gracia es que si un tipo de bien (por ejemplo, los ordenadores personales) está en ese catálogo la administración tiene obligación de comprar uno de los bienes homologados, y no puede hacer un concurso para comprar el que le parezca mejor. Por tanto, si colocas uno de tus productos ahí puedes encontrarte en la idílica situación de que los clientes se dirijan a ti para pedirte ofertas (o hacer pedidos directamente), en lugar de tener que salir tú a vender.

Ahora mismo el catálogo está en proceso de cambio, para adaptarse a la nueva ley y ser más ágil en las actualizaciones (hasta ahora se hacían convocatorias cada X años, y si no entrabas te tocaba esperar hasta la siguiente).

En la práctica, esas son las alternativas. Mi recomendación, para vender por primera vez a la administración, es intentarlo con un contrato menor. Los requisitos formales son bajos y el contratista que figura es tu empresa. Cuando vayas teniendo experiencia, puedes aspirar a contratos más sustanciosos.

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Cómo vender a la administración

En tiempos en que nadie gasta un céntimo de más, hay quien echa el ojo a un cliente que en otras ocasiones ni consideraría: la administración pública.

La buena noticia: se puede vender a la administración, aunque seas una PYME. La mala noticia: la probabilidad de fracasar es altísima, incluso aunque consigas vender.

Así que para ayudar a quien quiera intentarlo, voy a hacer una serie de entradas en las que desarrollaré estos puntos:

1. Tipos de contrato
Qué formas de contratar tiene la administración y cuáles de ellas te interesan más.

2. Mejor en compañía
Cómo asociarte con otros puede hacerte participar en proyectos que serían inaccesibles para una PYME. Y además puede ayudar a cobrar a tiempo.

3. Por dónde entrar
La mejor manera de ganar un concurso no es esperar a que se publique en el BOE. Hay que trabajar antes al organismo en el que quieres entrar, y debes saber cómo hacerlo.

4. Qué quiere el directivo de la Administración Pública
La lógica de la administración es muy diferente a la de las empresas, pero existe. Saber cómo piensa un directivo de la administración y qué busca en un proveedor es fundamental.

5. Cuando ya estás dentro
Bien, ya has conseguido vender. Cobrarás hagas lo que hagas, pero si lo haces bien tendrás negocio asegurado durante años.

6. ¿Aquí cuando se cobra?
No esperes cobrar a 30 días. La lógica funcionarial hace que el que paga sea distinto (y a veces distante) del que te ha contratado, así que conviene estar preparado para que un proyecto exitoso no te lleve a la quiebra por cobrar con unos meses de retraso.

Lo que no puedo asegurar es cuándo iré desarrollando estos puntos, porque es muy probable que tengan más extensión que un post normal. Así que si te interesa el tema y no te has suscrito al feed, este es un momento excelente para hacerlo.

Creative Commons License photo credit: Miguel A. González

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Sin contrato


Hablaba el martes con Agustín Cuenca, multiemprendedor y fundador entre otras cosas de ASPGems, y me contó algo curioso. En los proyectos de desarrollo a medida no firman contrato con el cliente. Simplemente, cobran un 50% al principio del proyecto y un 50% al final. Las especificaciones se definen en un PowerPoint, y sobre ellas van trabajando.

¿Que hay algún problema y no se ponen de acuerdo? Pues el cliente no paga el 50% final. Tanto el cliente como ellos han perdido algo, pero no todo.

En España recurrir a la justicia para defender un contrato es muy lento y costoso. Al final, los únicos que ganan con ello son los abogados. De manera que, salvo que se trate de mucho dinero, nadie lo hace. Así que ¿para qué te sirve tener un contrato firmado con el cliente, si cuando hay problemas va a ser papel mojado?

Yo el problema lo veo en convencer al cliente de que te pague un 50% por adelantado. Pero si tiene la suficiente confianza en ti como para eso, realmente el contrato es lo de menos.

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