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Cómo crear tu empresa: información para emprendedores, real como la vida misma.

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Guía resumida para crear una empresa en Inglaterra

Últimamente me han llegado muchas preguntas sobre cómo crear una empresa en Inglaterra, así que mientras terminamos de cerrar los últimos flecos al servicio que estamos preparando para ayudar a quien esté interesado a crear la empresa y a cumplir con las obligaciones legales inglesas, os explico de manera esquemática qué hay que hacer. ACTUALIZACIÓN: Si quieres que te ayudemos a crear tu empresa, tienes más información aquí: Crear empresa en Inglaterra

Antes que nada, vuelvo a advertir: no puedes crear una empresa si tus servicios son locales, tus clientes están en España y tus proveedores están en España. Esto se considera una empresa española, y Hacienda te obligará a declarar y pagar impuestos españoles. Por el contrario, si vendes por Internet, o te dedicas a temas de importación y exportación, no tienes una sede o un local de producción en España y si tus clientes y proveedores están en toda Europa o todo el mundo, no hay ningún problema. Lo he dicho alguna otra vez, pero lo recuerdo: si estás planteando abrir un negocio en el que tus clientes sean españoles, cambia de modelo de negocio ya. Intenta vender cuanto antes por ahí fuera, o lo vas a pasar muy mal.

Vamos con los pasos que tienes que dar:

  • Para crear tu empresa puedes usar companiesmadesimple.com, es el servicio que usé yo y funciona bien. Si tienes un nivel suficiente de inglés no es nada complicado crear la empresa aquí. Ahora bien, si quieres que te ayude una española que vive en UK y ejerce allí como accountant, tener un trato personalizado y que te ayudemos a resolver todas tus dudas y evitarte errores (nos hemos encontrado unos cuantos problemas con la asignación y reparto de acciones, por ejemplo), puedes usar nuestro servicio: Crear empresa en Inglaterra.
  • Al cabo de unos días te llegará un certificado de Companies House en el que consta que tu empresa está registrada legalmente en UK. Debes guardarlo, porque es lo que necesitas para acreditar que tu empresa es legal.
  • Te llegará una carta del HMR&C (el equivalente de allí a la Agencia Tributaria) para que les informes sobre tu empresa. Tienes que rellenar el formulario que te adjuntan y enviarlo por correo postal, o puedes hacerlo por Internet aquí: https://businesslink-online.hmrc.gov.uk/login
  • Con esto has cumplido con la administración británica hasta dentro de año y medio un año (había dicho año y medio que es cuando tienes que pagar, pero la declaración de impuestos se hace al año), salvo que tus ventas vayan bien y tengas que darte de alta en el VAT register (el registro de IVA) porque facturas más de 70.000 libras.
  • Ahora querrás cobrar. Puedes hacer facturas con el nombre de tu empresa y el número que aparece en el certificado de Companies House. No necesitas un NIF para hacerlo, ni siquiera si vendes a España. Tampoco tienes que cobrar IVA, aunque si vendes a una empresa fuera de UK tendrá que declarar una operación intracomunitaria y pagar el IVA correspondiente.
  • Para cobrar puedes empezar a hacerlo por Paypal UK. Tienes unos límites para ingresar y retirar dinero hasta que enlaces tu cuenta de paypal con una cuenta bancaria, pero vale para empezar y ver si tu negocio puede tener éxito o no.
  • Necesitas una cuenta en un banco de UK para tu empresa. Y no vale una personal, porque el dinero de tu empresa no es tu dinero aunque la empresa sea tuya al 100%. Puedes abrir una cuenta para una empresa británica aunque tú como Director seas no residente. Simplemente tienes que viajar a Londres y presentarte en una oficina del HSBC, que es el banco más amigable para estas cosas. Mejor si te citas por anticipado. Como documentación necesitas simplemente el pasaporte, el certificado de constitución de tu empresa y una factura de luz, agua o teléfono para que comprueben tu dirección.
  • Para que tu empresa sea británica, debe estar radicada en UK. Puedes contratar un servicio de oficina virtual a través de Companies Made Simple o cualquier otro. Y para tener un teléfono de Londres puedes usar el servicio de Sonetel: te desvían las llamadas que recibas en tu teléfono inglés a tu móvil o al teléfono que quieras, a coste de llamada local.
  • Por último, para ir llevando las cuentas, sobre todo si vendes por paypal, puedes usar Kashflow. Es una aplicación web de contabilidad muy sencilla, y permite importar de manera automática las transacciones de Paypal. Usar el software no te evita contratar a un accountant para que te ayude con las cuentas, pero puede facilitar su labor y abaratar la factura.

Estos son los pasos para crear una empresa en Inglaterra. Nada complicado, y excepto abrir la cuenta bancaria todo lo puedes hacer desde tu casa. Si no te manejas bien en inglés, o prefieres que alguien con conocimiento y criterio te ayude a crear la empresa, puedes conseguir ayuda aquí.

Nota: algunos enlaces contienen un código de afiliación, que me permiten tener la posibilidad de ganar un dinerillo si te registras en alguno de los servicios usando mi enlace. Son los servicios que yo estoy usando y por eso los recomiendo, pero por supuesto puedes investigar por ahí otras alternativas, que las hay.

Guía resumida para crear una empresa en Inglaterra
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¿Te falta formación?

Si estás intentando crear una empresa pero te faltan conocimientos, mis píldoras formativas pueden ayudarte. Son minicursos en vídeo, de entre 1 y 2 horas de duración, prácticos y que te ayudarán a desbloquear puntos concretos de la creación de tu empresa.

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  • Tinofernan


    Como documentación necesitas simplemente el pasaporte, el certificado de constitución de tu empresa y una factura de luz, agua o teléfono para que comprueben tu dirección.”

    Hola Borja… Interesante blog y muy útil. Enhirabuena!
    Tengo una pregunta: Si no tienes dirección en UK, cómo puedes justificar la dirección con una factura?
    Gracias y seguiré pendiente de los artículos.
    Un saludo!

  • Miguelgilmartinez

    Supongo que se refiere a la dirección española. Pero que conteste Borja, que es el que lo sabe.

  • Ginesgb

    Hola Borja,  leo tu blog cada día que publicas algo, hay
    cosas que realmente pensamos lo mismo sobre el entorno de España.

    En un seminario que
    impartir para crear una empresa en Hong Kong , 
    todo el mundo tenía la misma idea como crearla en UK, así que les
    comente cómo funciona el sistema fiscal español en el cual se le aplica “ el domicilio fiscal coincide con su lugar de residencia habitual” estoy hace que debe de darte de alta  en el sistema de la seguridad social
    español como autónomo modelo 036,  mas también
    hay que aplicar ley 37/1992 del 28 de diciembre de los impuestos de los valores
    añadido, como comentas  que  no vendes en España no pagas impuesto articulo
    70.1.5.b (inversión de sujeto pasivo).

    Por consiguiente, por
    nuestro trabajo como profesional en España declararíamos en estimación directa
    los ingresos facturados en la empresa UK (X * 12 meses) menos los gastos que
    tenemos para realizar de la actividad y tributaria al tipo de IPRF que la ley
    establece. También hay que comentar con la nueva ley que debes de registra
    todas tus cuentas en el extranjero así como actividades o trabajos remunerado o
    se te trataría como un delito fiscal en no declara dicha actividad.

    Corrígeme si me equivoco.

    Un saludo y gracias.

    Ginés Granados

  • http://desencadenado.com Borja Prieto

    Se refiere a tu dirección española. Además debe coincidir la dirección de la factura con la dirección del pasaporte.

  • http://desencadenado.com Borja Prieto

    Es que tú no eres un profesional, o no tienes que serlo simplemente por ser el dueño de una empresa inglesa. Tú eres una cosa, y tu empresa es otra. Si tu empresa es inglesa, tributa en Inglaterra, y aquí tú pagas IRPF por los posibles beneficios que obtengas de ella en forma de dividendos.

  • Carlesalexandre

    Pues de agradezco por todas las informaciones y me lanzo no tengo nada que perder ya que si uno no cree en lo suyo quien va ceer .
    He registrado una marca comercial con un plan de empresas y nombre  que se pueda reconocer en el mundo entero por ser referencia a un lugar de vacaciones 8para camisetas y demas articulos de playa) pues que entre el banco te niega todo tipos de creditos  pues llevo 2 años para encontrarentre provedores y hasta para que alguien me hiciera la pagina web y es que nadie y cuando digo nadie no quieren trabajar ni trabajo hacin que yo mismo Que pena de Pais 

  • Ginesgb

                  Hola Borja, gracias por tu respuesta, pero ya hay un
    convenio (no se si estará actualizado, no me fijo mucho en las leyes de España
    con UK).
    http://www.ief.es/documentos/recursos/publicaciones/revistas/cuadernos_formacion/10_2010/13.pdf

    Si haces cualquier tipo de actividad y tu empresa esta en otro país que no es
    España, pero haces alguna función dentro de la empresa, ( comercial,
    programación, formación , etc…) pero como dice usted, creas la empresa y no
    haces ninguna función de ningún tipo solo pagarías el IPRF de los posibles
    beneficios, pero creo que actualmente o por lo que veo todo el mundo desea
    efectuar algún tipo de actividad.

    Un saludo y gracias.
    Ginés Granados

  • Nicolás

    Es muy triste ver cómo tanta gente se queja de España. Señores, un país lo crean sus ciudadanos. Como emprendedores que sois deberias luchar por levantar el país, y no ver única y exclusivamente dónde pagar menos impuestos.

    Llevo un tiempo siguiendo este blog porque yo mismo soy un pequeño empresario, y creo que montar una empresa en UK podría estar justificado en ciertos casos puntuales, pero por lo que veo en los comentarios de la gente la mayoría no tienen ni idea de dónde se están metiendo.

    Insisto, si el país se cae como decís también será culpa vuestra, que a la primera saltáis del barco.

    Saludos.

  • Edu

    Nicolás, respeto tu opinión, pero creo que no has entendido nada de lo que propone este blog. No tiene nada que ver con las ganas que tenemos muchos de los que participamos en este blog de que España sea un país serio, si no que nuestras quejas y posteriores acciones forman parte de la fustración que nos genera el marco legal, fiscal, etc… que nos aplican. Somos un país de 2a con muchos profesionales y emprendedores de 1a, y si el país no nos favorece no dudamos en buscarnos la vida fuera. Muchos de nosotros no es la primera experiencia como emprendedores. Yo, personalmente, ya lo intenté en España y mi conclusión fue muy negativa.

    Te pondré un ejemplo muy gráfico. Visita la web de validación de VAT numbers de la UE.

    http://ec.europa.eu/taxation_customs/vies/

    Selecciona cualquier país en el desplegable y te apareceran los distintos datos que te piden para validar el VAT Number. Sólo en España te pide más de un dato. Ni Grecia (que desde aquí nos reimos tanto, porque claro, de sobraos y nuevo ricos, en España sobran un rato), ni Rumanía, ni Malta, ni Bulgaria, etc… piden lo que pedimos en España…

    Vamos yo diría que ni de 2a, si no un país de 3a.

    Échanos la culpa si quieres, pero creo que te equivocas….

  • http://www.brokersfb.com Roberto José Hernández Dorta

    Jajajajajaja muy cierto… vale la pena perder dos minutos cambiando de país a país en la lista desplegable y observar CON HORROR que somos el ÚNICO país que pide una enorme cantidad de datos… es lamentable…

  • UnInvitado

    Hola Borja,

    primero, como siempre, darte las gracias por tu tiempo y entradas en tu blog. Existen unos detalles que todavía no has aclarado (o lo has hecho, pero no lo encuentro), así que te agradecería si pudieras despejar mis dudas.

    - La sociedad británica debe tener su sede en domicilio británico (oficina
    virtual)

    - La actividad se debe realizar en UK (transacciones económicas
    desde servidores en UK)

    - Si se tienen trabajadores, estos deben ser
    residentes en UK y dados de alta en S.S. de UK

    - El organo de dirección (Administrador), por ley,  debe ser residente en UK (Agente local de apoderado como servicio extra ofreciendo sus servicios de Administrador)

    - Los medios de producción (servidores, software, etc) deben estar en UK (casi todas las grandes, como Amazon EC2 o Google, están en Irlanda, si mal no recuerdo).

    Mis preguntas:

    1. ¿Riesgos de apoderar a una empresa especializada como administrador de la sociedad? ¿cual estás utilizando en tu caso?

    2. ¿Cual es la figura legal que representarías en la empresa si no eres Administrador?

    3. No entiendo para qué debes realizar viajes con carácter periódico a UK  como mecanismo de justificación de que la Dirección se realiza desde allí, si has contratado a un tercero como Administrador.

    4. ¿Hasta qué punto hacienda en España acepta esta situación de no ser el “Administrador”, pero realizando las tareas de “Dirección” desde España?

    Si alguien que no sea Borja también puede contestar, se lo agradecería, ya que la probabilidad de que lo haga es bastante baja :-) .

    un saludo y muchas gracias!

  • http://desencadenado.com Borja Prieto

    Te comento a tus puntos e intento responder a las preguntas:

    - La sociedad británica debe tener su sede en domicilio británico (oficina virtual)   Sí- La actividad se debe realizar en UK (transacciones económicas 
    desde servidores en UK)   Al menos en su mayor parte- Si se tienen trabajadores, estos deben ser residentes en UK y dados de alta en S.S. de UK    No es imprescindible que lo sean todos, pero sería raro que no lo fuera ninguno- El organo de dirección (Administrador), por ley,  debe ser residente en UK (Agente local de apoderado como servicio extra ofreciendo sus servicios de Administrador). No, el Director puede ser residente en UK según las leyes inglesas. Otra cosa son las españolas, que consideran empresa española a la que está dirigida desde aquí.- Los medios de producción (servidores, software, etc) deben estar en UK (casi todas las grandes, como Amazon EC2 o Google, están en Irlanda, si mal no recuerdo). No es preciso, pero sería bueno que no estuvieran en España, para evitar aportar más evidencias de que la empresa es española.1. ¿Riesgos de apoderar a una empresa especializada como administrador de la sociedad? ¿cual estás utilizando en tu caso?
    Yo de momento soy el Director de mi empresa. En el servicio que estoy creando con María ella podrá actuar como Nominee Director, pero ya te adelanto que no lo va a hacer para cualquier empresa, porque el riesgo existe para las dos partes.
    2. ¿Cual es la figura legal que representarías en la empresa si no eres Administrador?
    Puedes ser accionista mayoritario

    3. No entiendo para qué debes realizar viajes con carácter periódico a UK  como mecanismo de justificación de que la Dirección se realiza desde allí, si has contratado a un tercero como Administrador.
    Si contratas a un tercero como Director, no hay ningún motivo para viajar a Londres 

    4. ¿Hasta qué punto hacienda en España acepta esta situación de no ser el “Administrador”, pero realizando las tareas de “Dirección” desde España?Es que Hacienda no tiene nada que decir si la empresa es británica. Ellos sí admiten que un Director puede trabajar para la empresa y no darse de alta en la seguridad social como autónomo ni ponerse sueldo, simplemente cobrar dividendos de los beneficios cuando los haya.

  • Nicolás

    Hola Edu,

    Como empresario intento formarme lo mejor posible para poder desarrollar mi pequeña empresa y hacerla rentable. Ese es el motivo por el que visito este tipo de blogs y otras páginas de emprendedores, cada día se aprenden cosas nuevas.

    Una de las ventajas que los defensores de montar una empresa en UK consideran clave es que es más fácil que crear una empresa aquí, en España. Sinceramente, no lo veo. Montar una empresa aquí no creo que os llevase ni la mitad del tiempo que creo estáis dedicando a informaros y a tramitar este tipo de empresas fuera. Entiendo que algunos de los que lo hacéis en parte es por un despecho hacia España.

    Saludos

     

  • Jserranodiaz

    Gracias Borja por esta serie de artículos informando a emprendedores. Hoy me encuentro con esta noticia. ” España denuncia ante la Unión Europea el nuevo régimen fiscal de Gibraltar”. Gibraltar bajó su régimen fiscal a sociedades, del 22% al 10%.
    http://politica.elpais.com/politica/2012/06/10/actualidad/1339355692_454816.html

  • UnInvitado

     Hola Borja,

    muchas gracias por tu tiempo y respuestas.

    Ya solo me queda una duda. Si lo más seguro es ser accionista mayoritario, ¿no es más fácil contratar un apoderado para que realice, no solamente las funciones de “administrador”, sino también las de “director” de la sociedad? ¿por qué no has elegido esta posibilidad en tu caso, que sí figuras como “director”, y por tanto, debes realizar viajes periódicos a UK?

    Para terminar, ojalá que la futura ley de emprendedores que tiene intención de presentar el PP a lo largo del verano, esté encaminada a permitir crear sociedades como ocurre en Inglaterra o Francia, con enormes facilidades para los que quieren arrancar con una nueva idea, y no tienen financiación para grandes infraestructuras iniciales.

    Un saludo