Desencadenado

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    Desencadenado en los medios: 

Respondiendo a verdades y mentiras de montar una empresa en Inglaterra

Vía Twitter he leído un post en el que critican mi idea de crear una empresa en Inglaterra. Me viene bien para responder a alguna de las preguntas que me suelen hacer los lectores, y para anunciar algo que comentaré al final de este artículo, así que vamos a aclarar algunas cosillas.

Consulté a un notario, cuatro economistas, tres de ellos censores jurado de cuentas, un graduado social y hasta a un contable. [...] Todos ellos me recomiendan no montar la empresa en UK y montarla en España (ya la tengo) y argumentan
- desconocimiento por mi parte del funcionamiento empresarial inglés.
- desconocimiento por mi parte del funcionamiento legal inglés.
- desconocimiento por mi parte del funcionamiento fiscal inglés.

De entrada, esto es como si pregunto en El Corte Inglés si no es mejor y más barato hacer la compra en Mercadona ¿qué creéis que responderán? Respecto al desconocimiento, la mayoría de los emprendedores desconocen el funcionamiento empresarial, legal y fiscal español, así que todo es cuestión de buscarse un asesor inglés en lugar de uno español.

Ser empresario, tener vuestra Ltd. conlleva una gran responsabilidad. Las entidades públicas no entienden las entregas fuera de plazo, la multa mínima son 150GBP, hay que ir con ojo y mirar todo muy bien [...] Ya no eres tú, es la empresa la que actúa, la que factura, es decir, la que tiene responsabilidades para con los clientes, y tú tienes responsabilidades para con la empresa como Director/Mánager o el cargo que desmpeñes.

Pues como aquí y en cualquier sitio civilizado. Con una diferencia. Allí, aunque es cierto que las consecuencias de una gestión fraudulenta pueden ser mucho más graves, la limitación de la Limited es real. Aquí es posible que te afecte personalmente la situación de tu SL a pesar de ser Limitada. Una de los primeros consejos que me dieron cuando creé mi empresa fue hacer separación de bienes y poner mi vivienda a nombre de mi mujer. Por lo que pudiera pasar.

en UK el IVA se paga anualmente por adelantado en base a tu facturación del año anterior, en el caso de que luego sea inferior, se te compensa, pero tú pagas por adelantado.

No, esa es una de las posibilidades. Se puede pagar trimestral o mensualmente si prefieres. O puedes elegir pagar un porcentaje fijo (alrededor de un 10%, depende del sector de actividad).

Tony nos confirma que no se puede sacar dinero, salvo factura que hagamos a la empresa. La otra manera de sacar dinero y que sea nuestro es que la empresa de dividendos a final de año.

Primero, para hacer una factura no es imprescindible ser autónomo. No voy a entrar en esto porque la casuística es muy variada, pero por poner un ejemplo dar formación al tiempo que tienes un trabajo fijo por el que pagas Seguridad Social no requiere darse de alta de autónomo (mientras no sea una actividad habitual y no supere un porcentaje de tu retribución ordinaria). Y segundo, no tienes que esperar a final de año para cobrar dividendos. Puedes hacerlo en cualquier momento, siempre que la empresa tenga beneficios. Hay que generar un informe de ganancias y pérdidas y celebrar una reunión de accionistas en la sede de la empresa en la que se apruebe el reparto, pero se puede hacer.

Regreso a Companies Made Simple para ver si Tony sigue por ahí, me gustaría preguntarle cuánto cobran en Westbury por llevar la contabilidad de una empresa pequeña durante 1 año: 1200/1400GBP (1600euro). El tener la empresa en UK ya no empieza a ser tan ventajoso, en España pago por lo mismo 750euro.

El precio de 1.600€/año no me parece muy caro, es menos de 150€ al mes que es una tarifa relativamente habitual. Pero si buscas, en UK como en España puedes encontrar asesores más baratos. Yo he encontrado alguno que cobra menos de 50 libras al mes si usas una aplicación online de contabilidad (lo que les facilita a ellos hacer las declaraciones).

si nosotros trabajamos en el mundo B2B (business2business) y nuestro cliente por tanto es una empresa, le interesa que le facturemos con IVA para deducírselo. Si le facturas sin IVA, no puede “jugar” con él.

Esto sí que no lo entiendo. Lo del IVA deducido es matemáticamente neutro (pagas lo mismo, solo que una parte a una empresa y otra a Hacienda), así que no veo por qué una empresa va a preferir que le facturemos con IVA. La única explicación es que se lo desgrave antes de pagarnos a nosotros, pero no creo que esto pueda considerarse una ventaja para la empresa que emite la factura…

DIFERENCIAS ENTRE MONTAR UNA EMPRESA EN ESPAÑA O HACERLO EN UK

Aquí el problema es que mezcla datos objetivos (y en algunos casos equivocados) con valoraciones subjetivas. Por dar algún dato: la oficina virtual a mi me cuesta 19,99 libras, no 50. El viaje se puede hacer en el día, yo tengo previsto uno por 50€ el vuelo ida y vuelta en mayo, hay que sumar los costes de transporte local, pero en total no es más caro que ir a Barcelona, por ejemplo. Y hay apreciaciones curiosas, como decir que con la empresa española puedes facturar a todo el mundo (¿y con la inglesa no?).

En resumen, viene a decir que más vale malo conocido que bueno por conocer. Yo insisto en que la solución de crear una empresa en UK no es para todo el mundo. Pero si estás creando una empresa global es muy preferible a crearla en España. Y si no estás creando una empresa global, estás cometiendo un error muchísimo más grave que equivocarte en la constitución de tu empresa. Hoy día crear una empresa pensando exclusivamente en el mercado español es un suicidio.

Por cierto, uno de los problemas que sí es serio si te planteas crear la empresa en Uk es no saber inglés. Si no hablas inglés, lo primero que tendrías que hacer es ponerte a ello.

A lo que iba. Estoy preparando una guía paso a paso con todo lo que tienes que hacer para crear la empresa y funcionar con ella. Muchas personas me han pedido ayuda para montarla, y como no tengo tiempo para atenderlas individualmente creo que esto puede ser una buena solución.

Permanezcan atentos a sus pantallas.

ACTUALIZACIÓN: Si necesitas ayuda para crear tu empresa en Inglaterra, es posible que te sea útil el servicio que hemos creado. Tienes toda la información aquí: crearempresaeninglaterra.com

Respondiendo a verdades y mentiras de montar una empresa en Inglaterra
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  • Daniel Romero

    Respecto al comentario ‘Lo del IVA deducido es matemáticamente neutro. 

    Yo compraba en Portugal sin IVA y vendia en España con IVA. A Hacienda siempre tenia que pagar IVA pero al ser trimestral, iba sobradisimo de flujo de caja.Ahora gracias a la crisis, es al reves, tengo que comprar en España (con IVA) y vender en el extranjero (sin IVA) y ahora voy escasisismo de flujo de caja y hay operaciones que ni me interesa realizar, por que mi margen comercial es menor que el propio IVA.

  • Buenviajesocialclub

    Trabaje en el Reino Unido para una empresa que se dedicaba a crear empresas y a llevarles contabilidad y presentar los impuestos pertinentes (O las cuentas a cero) frente a los correspondientes organismos. Registration Office, Companies House, VAT etc…

  • Buenviajesocialclub

    Había clientes ingleses que nos pedían que le facturásemos desde Irlanda precisamente para no pagar iva por ahora. Para demorar ese pago hasta la liquidación trimestral de IVA. Para que adelantar un pago?

  • Giancarlo Reyna Zorrilla

    Definitivamente, este es un tema que provoca pasiones.  

  • Giancarlo Reyna Zorrilla

    Como decía, es un tema que provoca pasiones y esto es bueno, porque significa que es un tema que interesa a las personas y sobre el cuál se habla, y mucho.  Borja, la idea de la guía paso a paso viene en buen momento, porque desde el primer artículo sobre este tema observo muchas dudas en la interpretación y se da la curiosa situación en la que todos tienen razón en su punto de vista, no porque la tengan, sino porque no todos están hablando de lo mismo.  Me explico:

    Quien esté pensando en un negocio local, sea en España, Argentina, China o México, pero al final local, tiene toda la razón en que lo más conveniente será tener su estructura jurídica muy cerca de su mercado.  Vender zapatos en España con la empresa en Reino Unido, simplemente es un disparate y ganas de buscarse un problema con Hacienda.

    Ahora bien, para quien esté pensando en un negocio global, con una sede internacional, la propuesta de una empresa en el Reino Unido es 100% potable.  Y es que vender zapatos a todo el mercado de habla española, o a todo el mercado Europeo, se puede hacer desde muchos lugares, se puede escoger la sede y en este caso, una sede social en Reino Unido podría ser un gran acierto.  E incluso, hay otras jurisdicciones también interesantes.  

    Creo que una buena parte de la confusión está en esto.  Luego hay un mal entendido en relación al tema impuestos y obligaciones.  Como yo lo veo, el asunto no es evitar el pago de impuestos, sino que la estructura jurídica con la cual se va a funcionar sea la más adecuada a la actividad que se va a llevar  a cabo y además, de que si se trata de un negocio de reciente creación, que la puesta en marcha sea  rápida, ágil y fácil, lo cual no significa que no se tenga que cumplir con hacienda ni que existan obligaciones posteriores.  Pero definitivamente no es lo mismo comenzar a pagar impuestos antes de haber vendido, que pagarlos luego de tener beneficios.  Si ambas cosas son legales y depende de la jurisdicción, no está de más pensárselo.

    En fin, creo que esta discusión es buena, porque si algo hay que dejar claro desde el principio, es que una sociedad internacional (sea en Reino Unido u otro sitio) no es para todo el mundo, porque no todas las necesidades serán las mismas.

    En mi caso propio, decir que mi proyecto personal ha estado enfocado al servicio de profesionales interesados en crear una empresa, a través de la la FORMACION y de la CONSULTORIA, pero recientemente he pensando que hacía falta además la GESTION, y justamente uno de los servicios de gestión que estamos desarrollando entre otras cosas, es la constitución de sedes internacionales para la creación de empresas globales, y de momento la idea es ofrecer la constitución de la sociedad en Panamá o en el Reino Unido, justamente por las características que ofrecen ambas jurisdicciones en la agilidad de trámites para crear una empresa.

    Aunque tengo mi domicilio en Barcelona y residencia fiscal en España, la empresa desde la cual ofrezco servicios de formación y consultoría (en ambos casos servicios online) está constituida en Panamá, entre otras cosas porque es mi país de origen y conozco la legislación, pero es que además ofrece muchas ventajas para el establecimiento de sedes internacionales y no pasa nada.  La empresa en Panamá debe pagar sus impuestos en Panamá (25% por beneficios territoriales en Panamá y 0% por beneficios en el exterior) y yo mis impuestos en España, incluyendo los dividendos o facturas eventuales que decida hacer a la sociedad.  No obstante, para la nueva actividad de GESTION, he pensado por diversos motivos operar a través de una empresa vinculada constituida en el Reino Unido y aunque de momento está inactiva, no me ha ido mal con los trámites.

    Repito lo dicho antes y que el propio Borja ha dicho en más de una ocasión: crear una empresa son sede internacional no es una solución para todos, pero pensar en un negocio global debería ser prioridad para todo aquel que esté pensando en un negocio.

  • http://desencadenado.com Borja Prieto

    Amén. :-)

  • http://www.deprisa.net/ Raul b

    Por si sirve de algo, yo mismo seguí tu consejo y tengo ya mi sociedad en UK (goodmet). Creada en 3 días totalmente sin provisión de fondos y sin visitas a ningún sitio, si no facturo más de 70000€ no pagas, los aspectos burocráticos -dando por hecho que sabes inglés-  son infinitamente más sencillos que en España. Por mi parte, tu post anterior me fue de gran ayuda y por mi experiencia me ha sido perfectamente útil.

  • http://www.facebook.com/pedro.pinto Pedro Pinto Maestre

    No sé si en UK son más estrictos con la burocracia pero lamentablemente sé bastante de pagar multas en España por entregar papeles fuera de plazo. He cometido muchos errores de principiante con los papeles. La simplificación de la burocracia (por ejemplo no tener que pagar IVA o poder pagar una tarifa plana si te conviene) implica un menor coste administrativo y una menor tendencia a los errores (y a las multas).

    Lo que más me gusta de la opción británica es las facilidades con el IVA y la gestión, no tanto cuánto se paga por impuestos (porque la diferencia no es tanta).

  • http://blog.castresana.me/ @castresana

    Muy buenas!

    Acabo de darme cuenta de tu artículo porque me han pasado un enlace.

    He estado leyéndolo, y sinceramente, no comparto bastantes cosas que comentas.
    Veamos,

    El comentar a un verdadero profesional, que tiene el culo pelado de trabajar en temas empresariales, creo que es lo mejor que puede hacer cualquier persona que quiera montar una empresa o darse de alta de autónomo.
    Creo que el hecho que tú lo compares con irse al ECI y preguntar en Mercadona es un insulto para esos profesionales que se curran día a día con buen trabajo su reputación.
    De hecho, mi artículo empieza diciendo que hablo desde la experiencia que he tenido y acaba diciendo que consulten con un profesional, que es lo mejor que harán y el dinero mejor invertido.

    Por otra parte, en cuanto a las responsabilidades limitadas, como comento en el artículo, todo depende de lo que hagas, y cómo lo hagas. Tienes responsabilidad limitada, pero cada caso es un mundo, y eso deberías, nuevamente, consultarlo con un profesional. En UK también puedes perder la casa si haces mal uso de tu cargo de Administrador de la empresa. Ejemplo que nos puso Tony durante la charla.

    Mmmmm, en España puedes emitir facturas por un valor NO superior de 3.000 euros anuales. A partir de ese importe debes darte de alta de autónomo para seguir trabajando por cuenta propia y por tanto emitir facturas. Eso es lo legal. El caso de formación y educación, es una de las excepciones en España, pues no tiene IVA, y funciona de otra manera. Pero estamos hablando de formación, o ¿de una empresa? Reparto de dividendos en UK se puede hacer, si no entendí mal, cuando quieras.

    En cuanto a precios de asesores, como en España, unos cuestan más que otros. El equipo de Companies Made Simple posee Westbury, y yo pedí precios en ellos mismos.

    Si tú facturas sin IVA a una empresa, esa empresa va a tener que pagar más IVA trimestralmente, porque no ha transferido parte de su IVA ganado durante el trimestre. Por otra parte, como comenta la gente, a las empresas no les interesa trabajar ni en negro ni sin IVA. Siempre digo “empresas” pues en ellas está todo contabilizado. Si tú mueves material en negro y solo generas ingresos, te va a tocar pagar mucho en el Imp. de Sociedades y en cada IVA.

    En cuanto a lo que comentas de que la información es curiosa y subjetiva, por el tono de este artículo tuyo, denoto que te ha molestado mi artículo. Sólo recordar que yo en ningún momento gano dinero con nada de esto, lo único que he hecho es probarlo. Ojo, como ya he dicho anteriormente, tengo mi Sociedad Limitada en España y soy autónomo desde hace más de ocho años. Quizá por eso he probado lo que ponía en tu artículo y no le he visto los beneficios de los que hablas. 

    Más que malo conocido que bueno por conocer, es que he conocido al bueno, y resulta que es igual de malo que el primero.

    En España puede haber mucha burocracia, pero es fácil montar una empresa y encontrarás muchos lugares competentes en los que te ayudarán a montar tu empresa de manera gratuita, como Jóvenes Empresarios u otras asociaciones de ayuda emprendedora.

    Como bien pone Borja en su segundo artículo: No te creas todo lo que lees por internet.
    Añadido mío: Consulta a un verdadero profesional cualquier tema relacionado con montar una empresa, no te quedes con lo que hayas leído por ahí o te haya dicho alguien.

    Un saludo,

    Juan Carlos Castresana

  • Pingback: en voz alta » Verdades y mentiras de montar una empresa en Inglaterra (UK)

  • Sergio Conde

    Esperando esa guía paso a paso como agua de Mayo, GRACIAS!!
    Por cierto, como Borja ya sabe, soy asistente de Fotografia y vivo en Londres, pero si todo sale bien, vuelvo a Milán trabando fijo con un gran Fotografo por una larga temporada… seguiré esa guía paso a paso ya que en Italia, hacerlo, sería de locos!!, después de vivir 3 años allí y ver las caras días tras días de colegas Italianos después de pagar tasas y tasas, no me agrada mucho…

    Pero me ronda una duda, podría desgrabarme el alquiler de mi vivienda en Italia ya que supuestamente estoy allí por motivos de trabajo???

  • Infovisual

    yo también espero la guía…
    me encanta el blog y tus ideas, Borja… a ver si empiezo a funcionar con las miniempresitas que estoy montando, porque de mayor quiero saber tanto como tu ;-P

  • UnInvitado

    Hola a todos.

    Después de leer todos los artículos relacionados directamente con creación de empresas en UK, se puede concluir:

    1. Si la actividad está basada en un negocio global, para el caso de ofrecer un servicio internacional (Skype, Amazon, Facebook, Twitter, Spotify o cualquier otra startup con clara proyección mundial), tiene sentido constituir una sociedad internacional (en este caso UK). Si la actividad es local (ofrecer productos y servicios exclusivamente en España), no tiene sentido constituir una empresa internacional.

    2. Si tu domicilio y residencia fiscal personal está en España, se considera que la sociedad en UK ofrece servicios desde UK, y por tanto, tributa en UK (sujeto a la normativa legal, fiscal y laboral de UK) si …

    2.1.  La sociedad británica tiene su sede en domicilio británico (oficina virtual)
    2.2.  La actividad se realiza en UK (transacciones económicas desde servidores en UK)
    2.3. Si se tienen trabajadores, estos deben ser residentes en UK y dados de alta en S.S. de UK)
    2.4. El organo de dirección por ley (Administrador) debe ser residente en UK (Agente local de apoderado como servicio extra ofreciendo sus servicios de Administrador).
    2.5. Los medios de producción (servidores, software, etc) deben estar en UK.

    3. Si tu empresa no factura más de 60K libras anuales, no tienes obligación de tributar en UK (sociedades, VAT, etc).

    4. Para rescatar beneficios, se realiza un informe de ganancias y beneficios, reunión de accionistas para repartir dividendos, tributación por rentas del capital en UK (20%), tributación rentas del capital en España (21%), y por acuerdo de doble tributación, luego se rescata un 20% vía IRPF.

    5. Debes tener un dominio del idioma inglés, y concretamente británico, fluido y alto, con lo que poder moverte con soltura y decisión.

    6. Las ventajas de comenzar una empresa en UK son básicamente que la creación de una sociedad son 70GBP en 24h, no debes tributar hasta que alcances los 60K GBP, limitación de la Limited es real, cuando toca tributar se puede hacer en porcentaje fijo (alrededor de un 10%, depende del sector de actividad), no debes adelantar IVA (factures o no), declaraciones trimestrales (factures o no), LOPD, etc.

    7. Las desventajas son básicamente que los costos de crear toda esta infraestructura son similares a los que tendrías que enfrentar en España si te constituyes como autónomo, o como SL con la aportación inicial de 3.000€.

    Una vez se tiene claro los puntos anteriores, surgen multitud de dudas, aunque las más importantes son:

    1. En un comentario he leído que los medios de producción (servidores) deben ser propios, y no arrendados (normativa de UK). Es decir, no pueden ser arrendados desde la sociedad (instancias de Amazon EC2 en Irlanda, o Gateways para pagos con VISA/MASTERCARD, por dar dos simples ejemplos). ¿Es esto cierto? La verdad que no tiene sentido, pero sería interesante que alguien pudiera aclarar este asunto.

    2. Cuando constituyes una sociedad con capital inicial transferido desde una cuenta creada en un banco de UK a tu nombre y persona física, se supone que debes constituirla con el dinero suficiente para comenzar a contratar servicios desde la sociedad, como pueden ser servidores, hosting, dominios, servicios a terceros, etc.

    Si el capital inicial es insuficiente por haber realizado un plan de negocio incorrecto ¿como puedes inyectar más capital?

    3.  ¿Qué ocurre en los casos en los que no consigues encontrar un banco donde realizar la apertura de una cuenta para capital inicial de constitución de empresa, y rescate de dividendos?

    4.  Y la pregunta del millón. Es totalmente lícito y legal apoderar a un tercero como Administrador de la sociedad, pues la ley en UK te lo permite. El problema es

    4.1. ¿Hasta qué punto hacienda en España acepta esta situación de no ser el “Administrador”, pero realizando las tareas de “Dirección” desde España?
    4.2. ¿Riesgos de apoderar a una empresa especializada como administrador de la sociedad?
    4.3. ¿Cual es la figura legal que representarías en la empresa si no eres Administrador?
    4.4. No entiendo para qué debes realizar viajes con carácter periódico a UK como mecanismo de justificación de que la Dirección se realiza desde allí, si has contratado a un tercero como Administrador. ¿es obligación en España que ambas figuras, administración y dirección, se realicen desde UK, para ser considerado una sociedad 100% residente en UK, y por tanto, legal en España?

    Espero que alguien con conocimientos tenga a bien responder a mi post.

    Un saludo y muchas gracias por vuestra ayuda.